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Hoy en AG4, gestor de comunidades de Jerez, queremos darte la solución para que no tengas a tus vecinos haciendo ruido. Según la OMS más del 70% de los españoles se encuentran por encima de los niveles permitidos de contaminación acústica. Sabemos que esto supone conflictos en las comunidades de vecinos y es que el ruido afecta sobretodo a nuestras horas de descanso.
Empecemos por lo más importante, ¿Cuáles son los niveles máximos de ruido permitidos y cómo están regulados?
Según el tipo de ruido encontraremos legislaciones que lo regulan, a nivel estatal, provincial o municipal. La legislación estatal únicamente se aplica a ciertos emisores acústicos, mediante la ley 37/2003 del ruido, como son los derivados de actividades comerciales, industriales o de servicio, así como sus instalaciones, carreteras, aeropuertos, ferrocarriles y puertos.
Si se trata de algo más concreto, como el ruido de nuestros vecinos, será el municipio o la provincia quienes determinen los máximos permitidos; mientras que si se derivan de actividades de ocio como bares, discotecas, botellones, etcétera podrá estar regulado a nivel provincial, municipal o mediante la ley RD 1367/2007.
También debemos añadir que existen algunas actividades más ruidosas que quedan prohibidas de 21:00 a 8:00 por norma general como son reformas, obras, redistribuciones de mobiliario, etcétera.
¿Cómo podemos medir el nivel de ruido en nuestra comunidad?
Pues bien, dado que a simple “oído” no podemos determinar en qué medida existe contaminación acústica, debemos tener en cuenta que necesitamos de una herramienta que mida correctamente los decibelios.
¿Qué opciones tenemos?
El elemento por excelencia para medir esto es un sonómetro. Dicho esto, debemos tener en cuenta que estos aparatos oscilan en un precio de unos 35 a 150€ de media; lo cual nos supone un gasto bastante elevado que deberíamos asumir a pesar de ser nosotros “los afectados” y lo mismo ocurre con la contratación de servicios de este tipo. Es por ello que os queremos proporcionar una propuesta más sencilla y práctica. Y es que hoy en día existen muchas alternativas, y en este caso sin ir más lejos podéis echar mano de vuestro propio teléfono móvil, con el que gracias a la instalación de una aplicación gratuita tendréis a vuestra disposición un “sonómetro” en vuestro móvil.
¿Cómo funciona?
Instala una de las App’s disponibles en PlayStore o AppStore para la medición de ruido. Una vez instalada, esta te permitirá realizar una comprobación de los decibelios en el lugar donde te encuentras, y…¡ojo! algo que nos parece súper interesante también y un gran valor añadido respecto al sonómetro convencional, es que la mayoría de estas herramientas te permiten guardar a modo de “screenshot” el día, la hora, los niveles de dB, así como registrar incluso una fotografía. Y es que todos estos datos serán importantísimos si finalmente debido a los altos niveles decides emprender acciones legales al respecto, ya que ofrecen registro a modo de “historial” que avalará tu situación.
¿Qué medidas podemos tomar si estos se superan?
Las medidas que se pueden emprender pueden ser tanto individuales como colectivas (El presidente emprenderá acciones en representación de toda la comunidad).
Lo más adecuado en primer lugar es contactar con el vecino en cuestión y pedir con educación que cese dicha situación; de manera individual bastaría con una conversación amistosa; y de manera colectiva, según la ley de propiedad horizontal lo más adecuado sería que el presidente realizarse un escrito fehaciente, dónde de parte de toda la comunidad exprese el deseo de todos por el cese de estos hechos. Pero si bien es cierto, no a todo el mundo le basta con unas buenas palabras.
En este caso, si la situación persiste y en última instancia, se debe convocar una junta de propietarios donde se decidirá y autorizará al presidente a realizar las acciones legales pertinentes. Mediante estas acciones la comunidad también puede decidir si en el proceso desea que la denuncia incorpore una solicitud de indemnización por daños y perjuicios.
En ambos casos (ya sea individual o colectivamente) podemos hacer uso de los medidores de decibelios que os hemos comentado anteriormente, y aportarlos como prueba inicial, pese a que posteriormente pueden proceder a realizar mediciones más exhaustivas por parte del organismo judicial, quien determinará si estos se superan realmente y realizará un veredicto que según el caso puede comprenderse entre leve o muy grave, junto con la sanción correspondiente.
En AG4, estaremos dispuestos a ayudarte si tienes cualquier duda sobre ello.